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Ley de Contratos del Sector Público

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Lcsp juicios de valor

Lcsp juicios de valor es un concepto clave en el proceso de contratación pública que abarca la utilización de criterios cualitativos para evaluar aspectos de una oferta que no pueden ser medidos únicamente por precios o costes.

Desde la perspectiva del licitador, entender cómo la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP) incorpora estos juicios de valor es fundamental para preparar ofertas que destaquen no solo en términos económicos, sino también en calidad y funcionalidad.

Importancia de los criterios de adjudicación en la LCSP

La LCSP establece en el artículo 145 que los criterios de adjudicación se dividen en dos grandes grupos: criterios económicos y criterios cualitativos.

Los criterios económicos se centran en los costes, tales como el precio o el coste del ciclo de vida, siendo medidos de manera automática mediante fórmulas establecidas en los pliegos.

Sin embargo, los criterios cualitativos, fundamentales en el enfoque de los juicios de valor, permiten evaluar la calidad técnica, las características estéticas y la funcionalidad, así como aspectos medioambientales, sociales y de accesibilidad.

Este enfoque novedoso de incorporar juicios de valor en la valoración de ofertas garantiza que la adjudicación no se base únicamente en cifras, sino que también se valore la excelencia y la adecuación de la propuesta.

Por ejemplo, en contratos de servicios recogidos en el Anexo IV, la valoración cualitativa debe representar al menos el 51% de la puntuación total.

Esto significa que aspectos intangibles, como la innovación o la sostenibilidad del proyecto, cuentan de manera significativa en la decisión final.

De esta manera, los licitadores deben preparar sus ofertas considerando no solo un precio competitivo, sino también la calidad y el impacto social y medioambiental de sus propuestas.
Cuando se integran criterios que dependen de un juicio de valor, la LCSP estipula que la valoración debe ser realizada de forma imparcial y rigurosa.

En aquellos casos en que estos criterios tengan una ponderación superior a la de los automáticos, se establece la necesidad de formar un comité de expertos con al menos tres miembros cualificados.

Estos especialistas, que pueden pertenecer a los servicios del órgano de contratación pero sin estar adscritos al órgano proponente, aportan el rigor técnico y la objetividad necesaria para evaluar cada oferta.

Asimismo, en otros escenarios, la mesa de contratación o los servicios dependientes del órgano de contratación pueden solicitar informes técnicos adicionales para asegurar que la valoración sea lo más precisa posible.

Toda esta metodología busca evitar la subjetividad excesiva y cumplir con los principios de igualdad y no discriminación en la contratación pública.

Tal sistema garantiza que, a pesar de la existencia de evaluaciones basadas en juicios de valor, el proceso siga siendo transparente y basado en criterios previamente establecidos en los pliegos de condiciones.

Recomendaciones prácticas para licitadores en contratación pública

Desde el punto de vista del licitador, es imprescindible comprender y aplicar correctamente los criterios de adjudicación establecidos en la LCSP para maximizar las posibilidades de éxito.

Algunas recomendaciones prácticas que pueden aplicarse son:

– Revisar detenidamente los pliegos de condiciones: Es fundamental asegurarse de que estos documentos especifiquen de forma precisa los criterios de evaluación, tanto económicos como cualitativos.

Conocer en profundidad el peso de cada criterio ayudará a orientar la preparación de la oferta.

– Preparar documentación que evidencie calidad: Al tratarse de la valoración de juicios de valor, se recomienda incluir ejemplos, certificaciones y referencias que resalten la excelencia técnica, la innovación y el compromiso medioambiental o social de la propuesta.

– Contar con asesoramiento especializado: La asistencia de un asesor especializado en contratación pública puede marcar la diferencia, ya que estos profesionales conocen la normativa y la jurisprudencia aplicable, como la Resolución 84/2021 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Andalucía, y pueden orientar en la redacción y formulación de la oferta.

– Mantener la objetividad y transparencia: Al elaborar los documentos de la propuesta, es crucial que toda información presentada sea verificable, evitando ambigüedades.

Esto facilita que el comité de expertos realice una valoración objetiva y basada en criterios claros.

Conclusión

Lcsp juicios de valor representa un cambio significativo en cómo se evalúan las ofertas en la contratación pública en España.

La incorporación de juicios de valor en la LCSP permite a los licitadores ofrecer propuestas integrales que vayan más allá del mero aspecto económico, resaltando la importancia de la innovación, la sostenibilidad y la calidad técnica.

Este enfoque no solo enriquece el proceso de adjudicación, sino que también asegura que los proyectos contratados aporten verdaderos beneficios a la sociedad.

En conclusión, quienes deseen participar en licitaciones públicas deben prestar especial atención a la preparación de una oferta que cumpla con los criterios de adjudicación stipulados en la LCSP.

Aplicar de manera correcta las recomendaciones de:

– Revisar y analizar a fondo los pliegos de condiciones.
– Incluir documentación que respalde la calidad y sostenibilidad de la propuesta.
– Contar con asesoramiento especializado en contratación pública.
– Asegurar la transparencia y objetividad en la presentación de la oferta.

Estas claves ayudarán a mejorar la competitividad y garantizan el cumplimiento de la normativa vigente en la contratación pública, haciendo que el enfoque de Lcsp juicios de valor se traduzca en una ventaja competitiva para el licitador.

Top : Soluciones de Lcsp juicios de valor

  1. AS OPTIMUM:  Asistencia experta de contratos de obra con marco contractual la Ley de Contratos del Sector Público. AS OPTIMUM.

  2. Boletín Oficial del Estado: Ley de Contratos del Sector Público completa. BOE-LCSP.

  3. Gobierto: Tipos de procedimientos de contratación pública. Gobierto

  4. Diario La Ley: Contenidos actualizados para estar informado de la actualidad jurídica. Diariolaley

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